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LAS DISPOSICIONES ADICIONALES SEGUNDA Y TERCERA DE LA LOE SON CONSTITUCIONALES

Con fecha 10.12.2008 el TRIBUNAL SUPREMO decidio no plantear cuestión de insconstitucionalidad frente a las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
 
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestima el recurso contencioso administrativo numero 36/2007 interpuesto por la representación procesal del Partido Politico Izquierda Republicana frente al apartado 4 de la Disposición Adicional Única del Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, que estableció las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil, y decide no plantear cuestión de inconstitucionalidad
frente al Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede, sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, firmado en la Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979, y las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
 
Para el Profesorado de Religión esta sentencia es importantisima, porque, una vez más, deja bien claro que la enseñanza religiosa en la escuela pública es constitucional y porque despeja las dudas que algunos tenían sobre la constitucionalidad de las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercerade la LOE.
 
De la misma manera que a los contrarios a que se enseñe religión en la escuela pública hay que decirle que no estan siendo respetuosos con la Constitución, a los que se oponían a la regulación de la enseñanza religiosa, que hace la LOE, y a la regulación que hace de su Profesorado, hay que decirles que, como ya dictaminó en su día el Consejo de Estado, ambas disposiciones son constitucionales.
 
Elevemos, pues, el debate a otras cuestiones y aceptemos todos que no sólo se puede construir el futuro sobre estas Disposiciones Adicionales 2ª y 3ª de la LOE, sino que tenemos que hacerlo desde ellas, tanto el futuro de la enseñanza religiosa como el de la regulación de la relación laboral del profesorado de religión con las Administraciones Públicas.
 
Despejadas por esta sentencia del Tribunal Supremo las dudas sobre la constitucionalidad de las Disposiciones Segunda y Tercera de la LOE, todos tenemos la obligación, no sólo de respetarla y de acatarla, sino de sacar las oportunas y claras consecuencias para seguir avanzando.
 
Para conocer la sentencia. Pinchad aquí.

RECONOCIDO EL DERECHO AL COBRO DE LOS TRIENIOS

Os puedo comunicar que se ha dado un paso importante para las Autonomías que todavia no han reconocido los trienios y, por consiguiente, se están retrasando en el pago de los mismos,

Ya está decidido el reconocimiento de los trienios al  Profesorado de Religión

  • Se va a hacer de oficio los años que le constan a la Administración
  • A Primaria se le reconocen desde el día 1.1.99
  • Primero habrá un reconocimiento oficial a cada uno del número de los trienios y luego el pago que proceda.
  • Una vez que se reciba el reconocimiento de los trienios que se le acreditan, si alguien tuviere períodos de tiempo anteriores al 1.1.99, en el caso de Primaria o en el caso de Secundaria, antes de las transferencias a la Junta, podrá solicitar el reconocimiento de dichos periodos previa aportación de la documentación que lo justifique de TODO ese tiempo no reconocido 

Hay que exigir que sea suficiente documentación la certificación oficial y original del centro o centros en los que se estuvo trabajando durante esos años no reconocidos. Así se cubren todos los años.

¡ENHORABUENA A TODOS¡.  Seguiremos informando.

Saludos de
Rafael Martín Gómez. Presidente de APPRECE ANDALUCÍA Vicepresidente de APPRECE Vicepresidente 1º de la UNIÓN APPRECE ESPAÑA y Responsable de Medios de Información y Comunicación


LOS TRIENIOS QUE VIENEN Y QUE ESTÁN TARDANDO. EL PLAN Y EL CALENDARIO DE APPRECE ANDALUCIA.

1º. Fase de INFORMACION (desde julio 2007 hasta abril de 2008)
a) Circular Nº 37 donde dimos una amplia información sobre los trienios. b) Circular Nº 38, que tienes en tus manos. c) Envío a los asociados, en el mes de abril, de la Documentación necesaria para que puedan reclamar con APPRECE ANDALUCÍA los que lo deseen, porque nos negamos a entrar en el “mercado de ofertas” de quienes nunca han hecho nada por el Profesorado de Religión y ahora se han “caído del caballo”…

2º. Fase de RECOGIDA DE SOLICITUDES: (del 1 al  10 de mayo de 2008)

3º. Fase para la RECLAMACION PREVIA: (del 25 al 31 de mayo de 2008)

4º. Fase para la DEMANDA JUDICIAL: (del 18 al 30 de agosto de 2008)

Decarga y lee el documento completo pinchando AQUÍ

Se ADJUNTA UN BORRADOR DEL MODELO DE SOLICITUD QUE ENVIAREMOS EN ABRIL (pincha sobre el nombre), segun lo que haga la Administracion en estos meses que entran, adaptándola a cada circunstancia, bien de Primaria bien de Secundaria.


LICENCIAS Y PERMISOS PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN EN ANDALUCÍA

En el apartado IV. PERSONAL DOCENTE LABORAL (Profesorado de educación de adultos y Profesorado de Religión ) se establece lo siguiente: (página 43)

En materia de permisos se estará a lo establecido al efecto en el Estatuto de los trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género), y en su normativa de desarrollo, y todo ello sin perjuicio del respeto a los Acuerdos que la Consejería de Educación pudiera suscribir en su caso en relación con alguno de estos colectivos.

Circular de la Consejeria de Educación actualizada pinchando aqui


CON EL PROFESORADO DE RELIGIÓN Y SUS FAMILIAS NO SE JUEGA (13-11-06)

APPRECE ANDALUCÍA  hace un llamamiento a la sensibilización de todo el Profesorado de Religión, de sus familiares, amigos, padres de alumnos y a la sociedad con un mínimo de sentido social para que  exprese su desacuerdo con el borrador del Real Decreto de la ESO y sus propuestas de horarios mínimos, en el caso de la enseñanza religiosa, por el peligro que conllevan de obligar a una regulación de la plantilla del Profesorado de Religión y porque son propuestas en las que priman las ideologías sobre las personas y sus derechos más elementales, como es el derecho al trabajo,  pudiendo dejar sin protección laboral a un porcentaje elevado de Profesores  de Religión en Secundaria.

Imprime las dos caras del folleto que encontrarás en el siguiente enlace, haz copias Y distribúyelo entre todos aquellos, personas o entidades, que consideres conveniente.

Imprime los Comunicados de APPRECE-A y de los sindicatos que encontrarás en el siguiente enlace y colócalos en la Sala de Profesores de tu Centro.

Descargar el folleto >>

Descargar las Notas de Prensa >>

CONCLUSIONES DEL SIMPOSIO "EL PROFESOR DE RELIGIÓN: RETOS Y PERSPECTIVAS"
(14-11-06)

Durante los días 11 y 12 de Noviembre ha tenido lugar en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga el Simposio "El Profesor de Religión: Retos y Perspectivas", en el que nos hemos encontrado y reflexionado cerca de 1000 Profesores de Religión de Andalucía. Desde APPRECE-A queremos felicitar a los organizadores y compartir con los que no pudieron asistir la crónica y la Comunicación Final.

Algunas de las Conclusiones enunciadas en el Comunicado Final fueron las siguientes:

+ Afirmamos con rotundidad el valor académico y curricular de la Enseñanza Religiosa Escolar.

+ Pedimos al Ministerio de Educación y a la Jerarquía de la Iglesia que, mediante el diálogo, se garanticen unos Reales Decretos que satisfagan las exigencias básicas de la materia, la función profesional del Profesorado y el derecho de los padres.

+ Estamos totalmente en desacuerdo y lamentamos con profundo dolor humano y social la reducción horaria para la enseñanza religiosa en Secundaria.

+ Frente a la posible “exención” del estudio de las religiones pedimos que la “actividad educativa” sea regulada por el Ministerio, se incluya en horario lectivo y no quede al arbitrio de los centros educativos.

Leer el Comunicado Completo >>

Leer la Crónica de Ecclesia Digital >>

 

INSTRUCCIONES DE CONSEJERÍA PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE SECUNDARIA PARA EL CURSO 2006-2007

Texto y anexos
Comentario de APPRECE

INSTRUCCIONES DEL MINISTERIO PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE PRIMARIA PARA EL CURSO 2006-2007

Texto y anexos
Instrucciones para cumplimentación de contratos
Modelo de contrato-prórroga para Primaria
Modelo de contrato nuevo para Primaria 1 pag, 2pag.


 

 

Aprobado el tercer Borrador de Real Decreto sobre Condiciones Laborales del Profesorado de Religión (enero 2007)

Nueva redacción del borrador del Real Decreto que acaba de pasar por el Consejo Escolar del Estado. Ofrecemos el texto del borrador y el Dictamen de la Comisión del CE.

Ver el 3º Borrador de Real Decreto >>

Dictamen de la Comisión del Consejo Escolar del Estado >>

Tribunal Constitucional. (Foto: EFE)Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la consulta del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
La consulta fue efectuada el 5 de agosto de 2002 (15/2/2007)

Ver el texto completo de la sentencia >>

Comentario de APPRECE-A

ARTÍCULOS APARECIDOS EN PRENSA

LA RAZÓN
 

Aprobado el segundo Borrador de Real Decreto sobre Condiciones Laborales del Profesorado de Religión (24-11-06)

Hace unos días fue presentado en la Mesa Sectorial del MEC, y aprobado por la mayoría de los sindicatos (con la abstención de STES-USTEA), el segundo borrador del Real Decreto de Desarrollo de la Adicional Tercera de la LOE.

Supone un avance importante tanto con respecto a la actual situación como con respecto al primer borrador. No obstante, aún es un borrador, y hay algunos aspectos mejorables. APPRECE ha hecho sus valoraciones y las ofrece a sus asociados.

Ver el 2º Borrador de Real Decreto >>

Ver Valoraciones de APPRECE >>

                                                            El Primer Borrador de Real Decreto para el desarrollo de la Disposición Adicional 3ª de la LOE ya es público
(Actualizada 10-11-06) 

Hasta los primeros días del mes de noviembre los sindicatos pueden presentar propuestas para su mejora. APPRECE ESPAÑA y APPRECE ANDALUCÍA están estudiando detenidamente el borrador y están reflexionando con otras fuerzas sindicales para corregir, en primer lugar, el que sea considerada como ESPECIAL la relación laboral del profesorado de religión con las Administraciones Públicas, con las consecuencias de todo tipo que conllevaría, cuando la jurisprudencia de lo social, en miles de sentencias, tiene declarada esta relación laboral como COMÚN (no especial) del artículo 1.1. del Estatuto de los Trabajadores. Este CAMBIO RADICAL en el carácter de la RELACIÓN LABORAL, que aparece reflejado en este borrador, lo quieren introducir los mismos que en el Parlamento buscaron, por todos los medios, que la palabra ESPECIAL apareciera también reflejada en la Disposición Adicional 3ª de la LOE. Sirva esta observación para que hagamos una lectura crítica del borrador y para estar vigilantes y activos en la defensa de nuestros derechos y en las mejoras que estamos exigiendo desde hace años, para que no nos den "gato por liebre". Este es el principal cambio que se pretende introducir, aunque hay otras mejoras que hacer a un texto, en el que se siguen cerrando puertas, como en el apartado de la duración del contrato o se dejan demasiados cabos sueltos frente a la necesaria regulación de las relaciones laborales del profesorado de religión que trabaja en la enseñanza pública.

Texto del Borrador

Primeras propuestas de APPRECE

Propuestas de CSI-CSIF

Propuestas de CC.OO.

Propuestas de FETE-UGT

Propuestas de ELA

Faltan profesores de Religión para impartir clases de esta materia en las escuelas catalanas (24/10/2006)

La noticia la daba VERITAS sorprendiendo a propios y extraños. A continuación la noticia tal y como apareció en este medio de comunicación y por último el enlace a la zona privada para conocer el comentario de APPRECE ANDALUCÍA.

Centros públicos de educación infantil y primaria de las diócesis de Barcelona y Gerona han comenzado el curso sin poder ofrecer la asignatura de religión por falta de profesores de esta materia, tras la implantación de la sexta hora obligatoria, que ha supuesto al departamento de educación de la Generalitat la contratación de más de cuatro mil profesores nuevos.

Según informó a Veritas la vicedelegada de enseñanza del arzobispado de Barcelona, Montserrat Sardà, “ahora estamos buscando en bolsas de trabajo personas que tengan la titulación, reúnan los requisitos exigidos por la Generalitat para impartir las clases de religión y quieran desempeñar este trabajo”.

Por su parte, el delegado de Urgel, Pepe Chisvert, destacó a Veritas que los delegados de enseñanza de Cataluña se plantean solicitar al departamento de educación que autorice a licenciados en Teología impartir la asignatura de religión católica, lo cual permitiría dar clases a sacerdotes, como años atrás.

Comentario de APPRECE ANDALUCÍA
 

INSTRUCCIONES DE CONSEJERÍA PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE SECUNDARIA PARA EL CURSO 2006-2007

Texto y anexos
Comentario de APPRECE

INSTRUCCIONES DEL MINISTERIO PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE PRIMARIA PARA EL CURSO 2006-2007

Texto y anexos
Instrucciones para cumplimentación de contratos
Modelo de contrato-prórroga para Primaria
Modelo de contrato nuevo para Primaria 1 pag, 2pag.

V ASAMBLEA AUTONÓMICA DE APPRECE ANDALUCÍA EL 10 DE JUNIO EN GUADIX (11-05-06)

 

Fecha: Sábado 10 de junio de 2006
Hora: De 10.00 a 14.30
Lugar: Salón de Actos
                                                                      Centro Diocesano de Espiritualidad
                                                                      Carretera de Benalúa, Km.1
                                                                      18500 GUADIX (Granada).

En estos momentos de especial trascendencia tanto para la asignatura de religión como para su profesorado, entendemos como un acto de responsabilidad asociativa la participación de todos los asociados. Por este motivo os animamos especialmente a haceros presentes en la Asamblea. Para ello poneos en contacto con el Delegado de APPRECE ANDALUCÍA en vuestra provincia-diócesis.

ORDEN DEL DÍA

10.00 Saludo a los participantes y oración en común.

10.15 Lectura del Acta de la IVª Asamblea, celebrada en Almería.

10.25 Informe de la Junta Directiva de APPRECE ANDALUCÍA

         A) Informe de la Presidencia

         B) Informes de las Vicepresidencias

11.00 Informe de Tesorería del año 2005 y presentación de Presupuestos del 2006

11.15 Desarrollo de la LOE: Actuaciones de APPRECE-A

11.45 Proyecto de Estatuto de Autonomía y Ley de Educación de Andalucía: Actuaciones de APPRECE ANDALUCIA

12.15 Acción Sindical de APPRECE ANDALUCÍA

13.00 Proyecto de Actuaciones hasta la VIª Asamblea y aprobación de acuerdos generales y de funcionamiento.

13.45 Elección de cargos de la Junta Directiva.

14.00 Ruegos y preguntas

14.30 Lectura del Comunicado Final

Más información en nuestra circular nº 35 de mayo de 2006.

ASAMBLEAS INFORMATIVAS DE APPRECE-A

Sevilla: 19-04-06

Málaga: 28-04-06

Huelva: 25-04-06

APPRECE ANDALUCÍA va a celebrar sendas Asambleas Informativas en varias provincias. El objetivo fundamental es clarificar dudas en torno a la aprobación y desarrollo de la LOE. Como en ocasiones anteriores, estas Asambleas serán abiertas, por lo que están invitados los profesores de religión no asociados. Para más información sobre la hora y lugar de las Asambleas pincha sobre el nombre de tu provincia.


LA CONSEJERÍA EMPIEZA A PAGAR SENTENCIAS DE 8 DÍAS A SECUNDARIA (Ampliada y actualizada a 01-04-06)

Como hemos informado en anteriores ocasiones, todas las sentencias de las demandas interpuestas por profesores de religión referidas a la indemnización por extinción de contrato temporal (8 días) vienen siendo...    Seguir leyendo esta noticia >>


Infantil-Primaria: El MEC paga los “8 días” de indemnización por extinción de contrato temporal del curso 2004-2005

Todos los profesores/as de religión de Infantil-Primaria,  dependientes del Ministerio de Educación, por estar pendientes de ser transferidos a su respectiva Comunidad Autónoma, han recibido durante el mes de febrero una nómina por el siguiente concepto: “DIF. INDEMNIZACIÓN POR FIN CONTRATO”, y como “período de liquidación” aparece la fecha 08.08.2005. Las cantidades abonadas son algo diferentes de unos a otros, en función de si se tuvo jornada completa o parcial en el curso 2004-2005.

Con este pago, el MEC de oficio cumple las sentencias firmes de la Audiencia Nacional (sentencia de 18 de enero de 2005) y  del Tribunal Supremo (sentencia de 16 de Junio de 2004): “… estimando la demanda, declaramos nula la cláusula novena de los contratos de trabajo suscritos por los profesores afectados por el conflicto, y declaramos el derecho de estos a percibir la indemnización legal establecida por finalización de contrato…”.

Hemos informado ya de los cambios que, debido a las sentencias, ha introducido el MEC en la redacción de la cláusula 9ª de los Contratos de Infantil-Primaria para el presente curso 2005-2006, y cómo, al figurar en el contrato, ya no hace falta reclamar la indemnización al finalizar este curso, pero no esperábamos que también abonaran  la del curso pasado, como acaba de suceder.

Desde APPRECE-A felicitamos a los agraciados, y nos felicitamos como Asociación porque, con otras organizaciones, impulsamos estas demandas que la Justicia ha reconocido para TODOS los Profesores de Religión.  Y ESPECIALMENTE A QUIENES PUSIERON LAS PRIMERAS DEMANDAS SOBRE 8 DÍAS, AGRADECEMOS SU APUESTA POR LA DIGNIFICACIÓN DEL COLECTIVO. Con las sentencias de las distintas instancias judiciales y con los pagos que acaba de hacer el MEC a todos, la Asociación recibe el espaldarazo A SU BIEN HACER, frente a quienes nos acusaron de inmoralidad.

Las indemnizaciones de cursos anteriores sólo las cobrarán quienes interpusieron demandas. Confiamos en que, tras estos varapalos judiciales a todos los que criticaron a APPRECE-A por canalizar estas demandas, se abran cauces de diálogo para que jamás se vuelvan a difundir escritos como los que en varias ocasiones circularon en una diócesis andaluza y que produjeron malestar, división y desconcierto entre compañeros. A quienes  mantuvieron  las demandas, a pesar de las presiones recibidas, además de agradecerles su valentía y su testimonio de lucha por la justicia,  sepan que han ayudado a que todos los profesores de religión se beneficien ahora de la indemnización cobrada, y, en su momento, además, recibirán la indemnización de los cursos anteriores que tienen demandados.

El Profesorado de Secundaria, dependiente de la Junta de Andalucía, deberá seguir “batallando” en los tribunales, pues la Consejería no se ha dado por enterada de las sentencias de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, aunque los que interpusieron demandas  de los cursos anteriores ya han empezado a cobrar sus indemnizaciones.

Para más información sobre cómo queda el tema de las demandas de 8 días, haz clic aquí >>

MAYORES DE 55 AÑOS (SECUNDARIA)
PRIMERA SENTENCIA FAVORABLE (Enero 2006)

Ya contamos con la primera sentencia firme favorable a un profesor de religión, referida al reconocimiento de las horas de reducción de docencia sin reducción de sueldo. Resulta singularmente importante la exposición de Fundamentos de Derecho de la Sentencia, por hacer también referencia...

Continuar leyendo (zona de asociados) >>
 

ACUERDO DE SINDICATOS Y ASOCIACIONES PROFESIONALES POR LA MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN.  

Fruto del Encuentro celebrado en El Escorial los días 18 y 19 de noviembre, ya se ha registrado en el Congreso de los Diputados el texto del Acuerdo con las firmas de las Centrales Sindicales.  

El encuentro ha sido coordinado por la plataforma de profesores de Madrid, en el que han participado, además de los representantes de los 6 sindicatos que aparecen en el texto de los Acuerdos, APPRECE-UNIÓN APPRECE ESPAÑA, Cristianos en el PSOE, ERELGUNE, APEREVA, y personalidades como Luis Gómez Llorente y el Director de Religión y Escuela, Carlos Esteban.  Hemos abordado el tratamiento que el Proyecto LOE da a la enseñanza religiosa y el de la relación laboral de su profesorado, así como las propuestas que cada organización ha presentado al MEC. Las diferentes propuestas sobre la enseñanza de la religión en la escuela parten del respeto a la decisión de los padres y al de la libertad de opción, dejando unas más que otras la puerta abierta a la exención. Mayoritariamente se coincidió en que la exigencia de una educación en los valores de la religión, dentro del marco constitucional, es parte de una educación de calidad. Entre las diferentes fórmulas  propuestas la de las tres opciones, que respeta la enseñanza confesional, respeta la enseñanza de la cultura religiosa y respeta la exención a aquellos padres que no quieren para sus hijos ni la enseñanza confesional ni la cultural, fue la que concitó mayor atención, por reunir todos los requisitos para poder lograr un consenso entre todos o pacto educativo en un tema que venimos arrastrando desde hace siglos y al que no han sido capaces de dar una respuesta adecuada las diferentes fuerzas políticas que han gobernado en España. 

La segunda parte del encuentro se dedicó al tratamiento que el anteproyecto LOE dió al profesorado de Religión, el que apareció luego en el proyecto LOE, que a todos pareció esperpéntico y el que se ha reflejado en las distintas enmiendas presentadas por los Grupos Parlamentarios. CIU hace una aportación en su enmienda de mínimos, que permite la posterior solución de todos sus problemas mediante la negociación entre las partes. EAJ-PNV ha presentado tres enmiendas en las que amplia el acuerdo a otros aspectos de las relaciones laborales del profesorado de religión y en las tres se recogen cuestiones del mayor interés para el colectivo, aunque mayoritariamente los participantes  del encuentro nos decantamos por la primera enmienda de las tres presentadas por el Grupo Parlamentario EAJ-PNV. La enmienda del PP no modifica el estatuto actual y el Grupo Parlamentario Socialista en su enmienda al punto 3 de la Disposición Adicional 2ª, a juicio de los participantes, empeora la situación actual y no supone avance hacia mejoras para el colectivo, que las vienen exigiendo desde hace años, tanto a través de sus asociaciones profesionales, como de sus plataformas y de la mayor parte de las organizaciones sindicales. Como aportación a los debates de la Comisión de Educación del Congreso de los Diputados, los participantes llegaron a unos Acuerdos de mínimos, que ya han sido registrados en el Congreso y entregado a todos los Grupos Parlamentarios el día 22 de noviembre. Estos Acuerdos quedan abiertos a adhesiones de no participantes en el citado encuentro.

TEXTO DEL ACUERDO

AL GOBIERNO  ACTUAL LE HA TOCADO EJECUTAR LAS SENTENCIAS SOBRE INCUMPLIMIENTOS  HABIDOS EN AÑOS ANTERIORES.
Los pagos de sentencias a los profesores de religión tienen su origen en el Convenio firmado en el año 1993

 


¡COBRADAS LAS TUTORÍAS DE SECUNDARIA QUE NOS "ROBARON" EN EL AÑO 1999! 


El MEC se ve obligado por los Tribunales a modificar los Contratos: los Profesores de Religión tienen derecho a cobrar indemnización por finalización de contrato temporal (8 días) 

Nuevamente APPRECE ANDALUCÍA (y otras APPRECESs Autonómicas)  ha ayudado a que SE CUMPLA LA LEY, en este caso, la APLICACIÓN A LOS CONTRATOS DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE LA ÚLTIMA REFORMA DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, que aprobó el Gobierno del PP en la que se PENALIZAN con 8 días los CONTRATOS TEMPORALES.

La nueva redacción de la cláusula 9ª de los contratos de Primaria para este curso 2005-2006, que el MEC se ha visto obligado a modificar es:

9ª. A la finalización del contrato procederá el abono de la indemnización prevista en el artº 49.1 c del Estatuto de los Trabajadores.

Recordamos que la anterior redacción, declarada ilegal por la Audiencia Nacional era:

9ª: A la finalización del contrato no procederá indemnización alguna.

COMENTARIOS:

1. A APPRECE ANDALUCÍA se nos ha acusado públicamente de INMORALIDAD (así como suena) por estar luchando para que se cumpla la ley. ESPERAMOS QUE, a la vista de la modificación introducida en los contratos para el curso 2005-2006, AL MENOS HAYA UNA RECTIFICACIÓN PÚBLICA Y SE  RETIRE LA ACUSACIÓN TAN GRAVE QUE SE HA ESTADO LANZANDO CONTRA NOSOTROS. También se nos acusó, aunque no en estos términos, cuando luchamos CONTRA el Convenio del año 1993 por reconocer la Seguridad Social de AUTÓNOMOS al Profesorado de Primaria. Cuando ayudamos a que  reconocieran la Seguridad Social POR CUENTA AJENA y se sustituyera el Convenio del 93 por el del año 1999, hoy vigente, no se nos reconoció nuestro trabajo. No nos importa, porque AHÍ QUEDAN LOS HECHOS.

2. Las DEMANDAS que llevamos puestas desde los cursos 2001-2002, 2002-2003, 2003-2004, sobre los 8 días por año, ESTÁN GANADAS Y ES SÓLO CUESTIÓN DE ESPERAR LOS PLAZOS JUDICIALES Y LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS.

CURSO 01-02:
5 Sentencias de SECUNDARIA todas favorables. Recurridas en Suplicación por la Consejería al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Tres con Ejecución PROVISIONAL (50 %).

Una con Sentencia favorable del TSJA. En período de ejecución DEFINITIVA.

CURSO 02-03:
PRIMARIA
: Demandas puestas en Algeciras, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén, Jerez, Málaga, Sevilla.

Todas con sus números de autos de fecha 2004, SUSPENDIDOS y REACTIVADOS. En Jaén señalada ya la fecha para la celebración del jucio el 15.09.2005.

SECUNDARIA: Demandas puestas en Cádiz, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla.

Todas con sentencia favorable, a excepción de Málaga que están pendiente de sentencia, aunque ya se celebró el juicio.

Todas recurridas por la Consejería al TSJA, en Huelva, además, con una Queja.

Ejecución provisional (50 %) en Jaén.

Curso 2003-2004: Documentación recogida en Julio y demandas interpuestas en todas las Provincias.

Curso 2004-2005: Terminado el curso el  31 de agosto de 2005, ya nos pondremos de acuerdo para recoger la documentación cuando más nos convenga "mediáticamente", para poner en evidencia a TODOS los que discriminan al Profesorado de Religión y quieren seguir haciéndolo en el futuro, ya desde las bases de las sentencias firmes, los cobros que se hayan hecho efectivos y la modificación de la cláusula 8ª que ha tenido que hacer el Ministerio.

Curso 2005-2006: Los profesores de Infantil y Primaria no tendrán que interponer demandas ya que, al venir recogida en el contrato la indemnización de los 8 días, la deberán pagar en la nómina de agosto del año 2006. Mucho nos tememos que los de Secundaria sí tengan que presentarlas, ya que dudamos de la buena voluntad de la Consejería para, a iniciativa propia, modificar también la redacción de la claúsula 9ª de los contratos de Secundaria.

3. Nueva CONQUISTA LABORAL que ojala desaparezca PRONTO porque el contrato ADQUIERA ESTABILIDAD. ESTA ESTABILIDAD ES AHORA OTRO DE NUESTROS OBJETIVOS. EN ESTA OCASIÓN CONTAMOS CON EL APOYO DE LA IGLESIA. Son los llamados "socialistas y obreros" los que, de momento, nos la niegan y, además, quieren echar balones fuera para endosárselos a la Iglesia convirtiéndola en EMPRESARIA. ¡Ojo, no han cambiado en su pensamiento!: ya en el año 1993 lo hicieron con el Convenio de Primaria, en el que daban incluso el dinero a la Iglesia, ni siquiera como pago delegado, Y CONSIDERABAN AUTÓNOMOS A LOS PROFESORES DE RELIGIÓN. El Tribunal Supremo, no obstante, declaró que el único empleador es la Administración Educativa correspondiente. Ahora la pelota está en el tejado de los "políticos": ESPERAMOS QUE NO SEA VULNERADA LA JURISPRUDENCIA Y LOS DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES POR PARTE DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOBERANÍA NACIONAL.

EL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE ANDALUCÍA
DISCRIMINADO EN LOS PROCESOS DE OPOSICIONES

APPRECE ANDALUCÍA (Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales de Andalucía) ha tenido conocimiento de que las Comisiones de Baremación de Méritos de los diferentes Tribunales de Oposición a Docentes, han recibido instrucciones de la Consejería de Educación obligándoles a no tener en cuenta la experiencia docente de los Profesores de Religión de la Escuela Pública.

Con este tipo de actuaciones, que consideramos arbitrarias, se llega a dar la paradoja y contradicción de que se valora la experiencia docente de los Profesores, tanto de Religión como de otras materias, de la Escuela Privada y Concertada, y no se valora la de los de la Pública.

APPRECE ANDALUCÍA denuncia lo que, para nosotros, supone un claro atentado (uno más…) a nuestra dignidad de docentes, y al Estado de Derecho, ya que la actuación señalada no responde a ningún mandato legislativo o jurídico, sino sólo a la voluntad de algunos miembros de la Administración andaluza. De hecho, en Madrid se está valorando (como no podía ser de otra forma) la experiencia de los docentes de religión, y en otras Comunidades hay sentencias favorables al Profesorado de Religión referidas a esta cuestión.

Animamos a todo el Profesorado afectado a que presente las alegaciones correspondientes ante la respectiva Comisión de Baremación y los Recursos de Alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos. Nos ponemos, así mismo, a su disposición para interponer cuantas demandas judiciales sean necesarias, a fin de que los Tribunales de Justicia se pronuncien, incluso paralizando, si fuera necesario, todo el proceso de las Oposiciones. Para esto es imprescindible que los afectados recopilen y nos envíen toda la documentación escrita que tengan o puedan obtener, para poder contar con una importante base documental.

Este atropello resulta más doloroso para este colectivo de trabajadores al sentirse olvidado por los sindicatos en este tema, ya que “sus intereses” para con el profesorado interino (con el que en absoluto los Profesores de Religión están o estarán enfrentados, pues nos une la experiencia de la precariedad laboral) les condiciona en su obligación como representantes de los trabajadores: el apoyo explícito a que se valore la experiencia docente del Profesorado de Religión y la denuncia de estas prácticas discriminatorias.

                                  Ver Nota de Prensa enviada a los Medios de Comunicación

NOTA DE PRENSA DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESORES DE RELIGIÓN DE MÁLAGA  (APPRECE-A-MALAGA.  Julio 2005)

Ante la noticia aparecida en los medios en la que una Federación de profesores, sin implantación en nuestra provincia, denuncia que el Obispado está pidiendo parte de su sueldo a los profesores de Religión, como si se tratase de un “impuesto revolucionario”, la Delegación en Málaga de la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales de Andalucía, organización civil independiente a la que está asociado el 80 % del profesorado de Málaga,  manifiesta:

1.- Que la carta recibida del Gestor del Obispado de Málaga por el profesorado de religión, forma parte de una campaña dirigida a todos los católicos malagueños con la finalidad de lograr la autofinanciación diocesana, incluyendo todas la obras sociales que sostenemos en nuestra diócesis. Como miembros activos de la Iglesia diocesana la valoramos muy positivamente y la acogemos como una invitación a la colaboración y a la solidaridad. Sería absurdo que se animara al resto de los católicos y no al Profesorado de Religión.

2.- Que el profesorado de Religión de Málaga, desde hace años, de manera libre y voluntaria decidió, por iniciativa propia, colaborar en el sostenimiento de los gastos que la Delegación Diocesana de Enseñanza tiene por la organización de cursos para la formación permanente y resto de gestión propia de una Delegación a la que pertenecemos.

3.- Que en ningún momento, nadie se ve coaccionado ni ve peligrar su puesto de trabajo como profesor de Religión si no contribuye al sostenimiento solidario de su Iglesia. Nos consta que los que no pueden o no quieren  siguen siendo propuestos por el Obispado cada año.

4.- Lamentamos que esa federación de profesores (FEPER) vuelva una vez más a distorsionar la realidad y a utilizar un gesto de corresponsabilidad  solidaria intraeclesial para condenarlo, mezclando “realidades” diferentes y buscando, al parecer, el escándalo, que no sabemos a quién puede beneficiar, cuando, por ejemplo, podía estar denunciando que en Andalucía en las Oposiciones que se están celebrando actualmente, no estén teniendo en cuenta, sin base legal alguna, como méritos los años de enseñanza del profesorado de religión, discriminándolo por el simple hecho de ser profesor o profesora de Religión.

                   DELEGACIÓN DE MÁLAGA DE APPRECE ANDALUCÍA

Para más información (y para que no nos dejemos engañar) podéis comprobar cómo se ha enviado el mismo modelo de carta a distintos colectivos católicos malagueños, y no sólo a los Profesores de Religión. Colgamos aquí las cartas enviadas, en las que se puede observar que la única diferencia está en el colectivo o grupo al que pertenece el destinatario, que aparece en el párrafo final. También ponemos un enlace a la información aparecida en Prensa, en la que se puede observar la falta de rigor y contrastación de fuentes...

                                               Ver carta enviada a los Profesores de Religión
                                               Ver carta enviada a otros colectivos

                                               Ver información aparecida en la Prensa

                                                           Ver Comunicado del Obispado de Málaga


 
     

Notas de Prensa

 

El Tribunal Supremo confirma la forma en que los Obispos
han venido realizando la propuesta de profesores de Religión

El Ordinario diocesano es quien propone
a la persona para un colegio concreto

Madrid, 19 de noviembre de 2004

El Servicio de Información de la Iglesia Católica en España (SIC) ha tenido conocimiento de la sentencia del Tribunal Supremo, con fecha 29 de septiembre de 2004, en la que confirma la forma en que los Obispos han venido realizando la propuesta de profesores de Religión Católica en la Escuela.

El Ordinario diocesano es quien realiza la propuesta de profesores idóneos para la Enseñanza de la Religión Católica. Esta propuesta se realiza teniendo en cuenta las circunstancias y características especiales del colegio para el cual se le propone. La Administración, a su vez, designa y destina al profesor para el colegio concreto para el que ha sido propuesto. Así se ha venido haciendo siempre y en todas las diócesis.

Ante algunas demandas realizadas con el fin de que la Administración fuera quien determinase el colegio al que el profesor fuera destinado, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de la forma acostumbrada hasta ahora, por la cual el Ordinario diocesano hacía la propuesta del profesor para un colegio concreto.

La sentencia dice, entre otras cosas, “ni la Administración educativa designa a personas no propuestas por los Ordinarios respectivos, ni ha quedado probado que los Obispos se atribuyan competencia ni decisión alguna que corresponda a la Administración… Y aunque sea cierto que la Administración educativa viene aceptando las propuestas de designación de profesores para centros concretos, desde el momento en que acepta las propuestas así formuladas, la decisión es tomada y acordada exclusivamente por la Administración. No aparece acreditado que en ningún momento la jerarquía eclesiástica se haya atribuido facultades que sólo a la verdadera empleadora (la Administración educativa) competen, tales como la concesión de permisos o licencias, imposición de sanciones disciplinarias, fijación de horarios, etc., ni que se haya planteado hasta ahora ninguna duda o discrepancia al respecto”.

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