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| LAS DISPOSICIONES ADICIONALES SEGUNDA Y TERCERA DE LA LOE SON CONSTITUCIONALES
Con fecha 10.12.2008 el TRIBUNAL SUPREMO decidio no plantear cuestión
de insconstitucionalidad frente a las Disposiciones Adicionales Segunda y
Tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestima el recurso contencioso administrativo numero 36/2007 interpuesto por la
representación procesal del Partido Politico Izquierda Republicana frente
al apartado 4 de la Disposición Adicional Única del Real Decreto 1630/2006,
de 29 de diciembre, que estableció las enseñanzas mínimas del segundo
ciclo de Educación Infantil, y decide no plantear cuestión de inconstitucionalidad
frente al Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede, sobre Enseñanza
y Asuntos Culturales, firmado en la Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979, y las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
Para el Profesorado de Religión esta sentencia es importantisima, porque, una
vez más, deja bien claro que la enseñanza religiosa en la escuela pública es
constitucional y porque despeja las dudas que algunos tenían sobre la constitucionalidad de las Disposiciones Adicionales Segunda y Tercerade la LOE.
De la misma manera que a los contrarios a que se enseñe religión en la escuela
pública hay que decirle que no estan siendo respetuosos con la Constitución,
a los que se oponían a la regulación de la enseñanza religiosa, que hace la LOE,
y a la regulación que hace de su Profesorado, hay que decirles que, como ya
dictaminó en su día el Consejo de Estado, ambas disposiciones son constitucionales.
Elevemos, pues, el debate a otras cuestiones y aceptemos todos que no sólo se
puede construir el futuro sobre estas Disposiciones Adicionales 2ª y 3ª de la LOE,
sino que tenemos que hacerlo desde ellas, tanto el futuro de la enseñanza religiosa
como el de la regulación de la relación laboral del profesorado de religión con las
Administraciones Públicas.
Despejadas por esta sentencia del Tribunal Supremo las dudas sobre la constitucionalidad
de las Disposiciones Segunda y Tercera de la LOE, todos tenemos la obligación, no sólo
de respetarla y de acatarla, sino de sacar las oportunas y claras consecuencias para
seguir avanzando.
Para conocer la sentencia. Pinchad aquí.
RECONOCIDO EL DERECHO AL COBRO DE LOS TRIENIOS
Os puedo comunicar que se ha dado un paso importante para las Autonomías que todavia no han reconocido los trienios y, por consiguiente, se están retrasando en el pago de los mismos,
Ya está decidido el reconocimiento de los trienios al Profesorado de Religión
- Se va a hacer de oficio los años que le constan a la Administración
- A Primaria se le reconocen desde el día 1.1.99
- Primero habrá un reconocimiento oficial a cada uno del número de los trienios y luego el pago que proceda.
- Una vez que se reciba el reconocimiento de los trienios que se le acreditan, si alguien tuviere períodos de tiempo anteriores al 1.1.99, en el caso de Primaria o en el caso de Secundaria, antes de las transferencias a la Junta, podrá solicitar el reconocimiento de dichos periodos previa aportación de la documentación que lo justifique de TODO ese tiempo no reconocido
Hay que exigir que sea suficiente documentación la certificación oficial y original del centro o centros en los que se estuvo trabajando durante esos años no reconocidos. Así se cubren todos los años.
¡ENHORABUENA A TODOS¡. Seguiremos informando.
Saludos de
Rafael Martín Gómez. Presidente de APPRECE ANDALUCÍA Vicepresidente de APPRECE Vicepresidente 1º de la UNIÓN APPRECE ESPAÑA y Responsable de Medios de Información y Comunicación
LOS TRIENIOS QUE VIENEN Y QUE ESTÁN TARDANDO. EL PLAN Y EL CALENDARIO DE APPRECE ANDALUCIA.
1º. Fase de INFORMACION (desde julio 2007 hasta abril de 2008)
a) Circular Nº 37 donde dimos una amplia información sobre los trienios. b) Circular Nº 38, que tienes en tus manos. c) Envío a los asociados, en el mes de abril, de la Documentación necesaria para que puedan reclamar con APPRECE ANDALUCÍA los que lo deseen, porque nos negamos a entrar en el “mercado de ofertas” de quienes nunca han hecho nada por el Profesorado de Religión y ahora se han “caído del caballo”…
2º. Fase de RECOGIDA DE SOLICITUDES: (del 1 al 10 de mayo de 2008)
3º. Fase para la RECLAMACION PREVIA: (del 25 al 31 de mayo de 2008)
4º. Fase para la DEMANDA JUDICIAL: (del 18 al 30 de agosto de 2008)
Decarga y lee el documento completo pinchando AQUÍ
Se ADJUNTA UN BORRADOR DEL MODELO DE SOLICITUD QUE ENVIAREMOS EN ABRIL (pincha sobre el nombre), segun lo que haga la Administracion en estos meses que entran, adaptándola a cada circunstancia, bien de Primaria bien de Secundaria.
LICENCIAS Y PERMISOS PARA EL PROFESORADO DE RELIGIÓN EN ANDALUCÍA
En el apartado IV. PERSONAL DOCENTE LABORAL (Profesorado de educación de adultos y Profesorado de Religión ) se establece lo siguiente: (página 43)
En materia de permisos se estará a lo establecido al efecto en el Estatuto de los trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo), en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género), y en su normativa de desarrollo, y todo ello sin perjuicio del respeto a los Acuerdos que la Consejería de Educación pudiera suscribir en su caso en relación con alguno de estos colectivos.
Circular de la Consejeria de Educación actualizada pinchando aqui
CON EL PROFESORADO DE RELIGIÓN Y SUS FAMILIAS NO SE JUEGA (13-11-06)
APPRECE ANDALUCÍA hace un llamamiento a la sensibilización de todo el Profesorado de Religión, de sus familiares, amigos, padres de alumnos y a la sociedad con un mínimo de sentido social para que exprese su desacuerdo con el borrador del Real Decreto de la ESO y sus propuestas de horarios mínimos, en el caso de la enseñanza religiosa, por el peligro que conllevan de obligar a una regulación de la plantilla del Profesorado de Religión y porque son propuestas en las que priman las ideologías sobre las personas y sus derechos más elementales, como es el derecho al trabajo, pudiendo dejar sin protección laboral a un porcentaje elevado de Profesores de Religión en Secundaria.
Imprime las dos caras del folleto que encontrarás en el siguiente enlace, haz copias Y distribúyelo entre todos aquellos, personas o entidades, que consideres conveniente.
Imprime los Comunicados de APPRECE-A y de los sindicatos que encontrarás en el siguiente enlace y colócalos en la Sala de Profesores de tu Centro.
Descargar el folleto >>
Descargar las Notas de Prensa >>
CONCLUSIONES DEL SIMPOSIO "EL PROFESOR DE RELIGIÓN: RETOS Y PERSPECTIVAS"
(14-11-06)
Durante los días 11 y 12 de Noviembre ha tenido lugar en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga el Simposio "El Profesor de Religión: Retos y Perspectivas", en el que nos hemos encontrado y reflexionado cerca de 1000 Profesores de Religión de Andalucía. Desde APPRECE-A queremos felicitar a los organizadores y compartir con los que no pudieron asistir la crónica y la Comunicación Final.
Algunas de las Conclusiones enunciadas en el Comunicado Final fueron las siguientes:
+ Afirmamos con rotundidad el valor académico y curricular de la Enseñanza Religiosa Escolar.
+ Pedimos al Ministerio de Educación y a la Jerarquía de la Iglesia que, mediante el diálogo, se garanticen unos Reales Decretos que satisfagan las exigencias básicas de la materia, la función profesional del Profesorado y el derecho de los padres.
+ Estamos totalmente en desacuerdo y lamentamos con profundo dolor humano y social la reducción horaria para la enseñanza religiosa en Secundaria.
+ Frente a la posible “exención” del estudio de las religiones pedimos que la “actividad educativa” sea regulada por el Ministerio, se incluya en horario lectivo y no quede al arbitrio de los centros educativos.
Leer el Comunicado Completo >>
Leer la Crónica de Ecclesia Digital >>
INSTRUCCIONES DE CONSEJERÍA PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE SECUNDARIA PARA EL CURSO 2006-2007
Texto y anexos
Comentario de APPRECE
INSTRUCCIONES DEL MINISTERIO PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE PRIMARIA PARA EL CURSO 2006-2007
Texto y anexos
Instrucciones para cumplimentación de contratos
Modelo de contrato-prórroga para Primaria
Modelo de contrato nuevo para Primaria 1 pag, 2pag.
Aprobado
el tercer
Borrador de Real
Decreto sobre
Condiciones
Laborales del
Profesorado de
Religión (enero
2007)
Nueva redacción
del borrador del
Real Decreto que
acaba de pasar
por el Consejo
Escolar del
Estado.
Ofrecemos el
texto del
borrador y el
Dictamen de la
Comisión del CE.
Ver el 3º
Borrador de
Real Decreto
>>
Dictamen de
la Comisión
del Consejo
Escolar del
Estado >>
|
|
Sentencia
del Tribunal
Constitucional
sobre la
consulta del
Tribunal
Superior de
Justicia de
Canarias
La
consulta fue
efectuada el 5
de agosto de
2002 (15/2/2007)
Ver el
texto completo
de la sentencia
>>
Comentario de
APPRECE-A
ARTÍCULOS
APARECIDOS EN
PRENSA
LA RAZÓN
|
|
Aprobado
el
segundo
Borrador
de Real
Decreto
sobre
Condiciones
Laborales
del
Profesorado
de
Religión
(24-11-06)
Hace unos días
fue presentado
en la Mesa
Sectorial del
MEC, y aprobado
por la mayoría
de los
sindicatos (con
la abstención de
STES-USTEA), el
segundo borrador
del Real Decreto
de Desarrollo de
la Adicional
Tercera de la
LOE.
Supone un avance
importante tanto
con respecto a
la actual
situación como
con respecto al
primer borrador.
No obstante, aún
es un borrador,
y hay algunos
aspectos
mejorables.
APPRECE ha hecho
sus valoraciones
y las ofrece a
sus asociados.
Ver el 2º
Borrador de
Real Decreto
>>
Ver
Valoraciones
de APPRECE
>>
|
|
El
Primer Borrador
de Real Decreto
para el
desarrollo de la
Disposición
Adicional 3ª de
la LOE ya es
público
(Actualizada
10-11-06)
Hasta los
primeros días
del mes de
noviembre los
sindicatos
pueden presentar
propuestas para
su mejora.
APPRECE ESPAÑA y
APPRECE
ANDALUCÍA están
estudiando
detenidamente el
borrador y están
reflexionando
con otras
fuerzas
sindicales para
corregir, en
primer lugar, el
que sea
considerada como
ESPECIAL la
relación laboral
del profesorado
de religión con
las
Administraciones
Públicas, con
las
consecuencias de
todo tipo que
conllevaría,
cuando la
jurisprudencia
de lo social, en
miles de
sentencias,
tiene declarada
esta relación
laboral como
COMÚN (no
especial) del
artículo 1.1.
del Estatuto de
los
Trabajadores.
Este CAMBIO
RADICAL en el
carácter de la
RELACIÓN
LABORAL, que
aparece
reflejado en
este borrador,
lo quieren
introducir los
mismos que en el
Parlamento
buscaron, por
todos los
medios, que la
palabra ESPECIAL
apareciera
también
reflejada en la
Disposición
Adicional 3ª de
la LOE. Sirva
esta observación
para que hagamos
una lectura
crítica del
borrador y para
estar vigilantes
y activos en la
defensa de
nuestros
derechos y en
las mejoras que
estamos
exigiendo desde
hace años, para
que no nos den
"gato por
liebre". Este es
el principal
cambio que se
pretende
introducir,
aunque hay otras
mejoras que
hacer a un
texto, en el que
se siguen
cerrando
puertas, como en
el apartado de
la duración del
contrato o se
dejan demasiados
cabos sueltos
frente a la
necesaria
regulación de
las relaciones
laborales del
profesorado de
religión que
trabaja en la
enseñanza
pública.
Texto del
Borrador
Primeras
propuestas de
APPRECE
Propuestas de
CSI-CSIF
Propuestas de
CC.OO.
Propuestas de
FETE-UGT
Propuestas de
ELA
|
|

Faltan
profesores de
Religión para
impartir clases
de esta materia
en las escuelas
catalanas
(24/10/2006)
La noticia la
daba
VERITAS sorprendiendo a
propios y
extraños. A
continuación la
noticia tal y
como apareció en
este medio de
comunicación y
por último el
enlace a la zona
privada para
conocer el
comentario de
APPRECE
ANDALUCÍA.
Centros
públicos de
educación
infantil y
primaria de las
diócesis de
Barcelona y
Gerona han
comenzado el
curso sin poder
ofrecer la
asignatura de
religión por
falta de
profesores de
esta materia,
tras la
implantación de
la sexta hora
obligatoria, que
ha supuesto al
departamento de
educación de la
Generalitat la
contratación de
más de cuatro
mil profesores
nuevos.
Según
informó a
Veritas la
vicedelegada de
enseñanza del
arzobispado de
Barcelona,
Montserrat Sardà,
“ahora estamos
buscando en
bolsas de
trabajo personas
que tengan la
titulación,
reúnan los
requisitos
exigidos por la
Generalitat para
impartir las
clases de
religión y
quieran
desempeñar este
trabajo”.
Por su
parte, el
delegado de
Urgel, Pepe
Chisvert,
destacó a
Veritas que los
delegados de
enseñanza de
Cataluña se
plantean
solicitar al
departamento de
educación que
autorice a
licenciados en
Teología
impartir la
asignatura de
religión
católica, lo
cual permitiría
dar clases a
sacerdotes, como
años atrás.
Comentario de
APPRECE
ANDALUCÍA
|
|
INSTRUCCIONES DE
CONSEJERÍA PARA
LA CONTRATACIÓN
DEL PROFESORADO
DE RELIGIÓN DE
SECUNDARIA PARA
EL CURSO
2006-2007
Texto y anexos
Comentario de
APPRECE
|
|
INSTRUCCIONES DEL
MINISTERIO PARA
LA CONTRATACIÓN
DEL PROFESORADO
DE RELIGIÓN DE
PRIMARIA PARA
EL CURSO
2006-2007
Texto
y
anexos
Instrucciones
para
cumplimentación
de contratos
Modelo de
contrato-prórroga
para Primaria
Modelo de
contrato nuevo
para Primaria
1 pag,
2pag.
|
|
V ASAMBLEA AUTONÓMICA DE APPRECE ANDALUCÍA EL 10 DE JUNIO EN GUADIX (11-05-06)
Fecha:
Sábado 10 de
junio de 2006
Hora:
De 10.00 a 14.30
Lugar:
Salón de Actos
Centro Diocesano
de
Espiritualidad
Carretera de
Benalúa, Km.1
18500 GUADIX
(Granada).
En estos momentos de especial trascendencia tanto para la asignatura de religión como para su profesorado, entendemos como un acto de responsabilidad asociativa la participación de todos los asociados. Por este motivo os animamos especialmente a haceros presentes en la Asamblea. Para ello poneos en contacto con el Delegado de APPRECE ANDALUCÍA en vuestra provincia-diócesis.
ORDEN DEL DÍA
10.00 Saludo a
los
participantes y
oración en
común.
10.15 Lectura
del Acta de la
IVª Asamblea,
celebrada en
Almería.
10.25 Informe de
la Junta
Directiva de
APPRECE
ANDALUCÍA
A)
Informe de la
Presidencia
B)
Informes de las
Vicepresidencias
11.00 Informe de
Tesorería del
año 2005 y
presentación de
Presupuestos del
2006
11.15 Desarrollo
de la LOE:
Actuaciones de
APPRECE-A
11.45 Proyecto
de Estatuto de
Autonomía y Ley
de Educación de
Andalucía:
Actuaciones de
APPRECE
ANDALUCIA
12.15 Acción
Sindical de
APPRECE
ANDALUCÍA
13.00 Proyecto
de Actuaciones
hasta la VIª
Asamblea y
aprobación de
acuerdos
generales y de
funcionamiento.
13.45 Elección
de cargos de la
Junta Directiva.
14.00 Ruegos y
preguntas
14.30 Lectura
del Comunicado
Final
Más
información en
nuestra
circular nº 35 de
mayo de 2006.
|
|
ASAMBLEAS
INFORMATIVAS DE
APPRECE-A
Sevilla: 19-04-06
Málaga: 28-04-06
Huelva: 25-04-06
APPRECE
ANDALUCÍA va a
celebrar sendas
Asambleas
Informativas en
varias
provincias. El
objetivo
fundamental es
clarificar dudas
en torno a la
aprobación y
desarrollo de la
LOE. Como en
ocasiones
anteriores,
estas Asambleas
serán abiertas,
por lo que están
invitados los
profesores de
religión no
asociados. Para
más información
sobre la hora y
lugar de las
Asambleas pincha
sobre el nombre
de tu provincia.
|
|
LA
CONSEJERÍA
EMPIEZA A PAGAR
SENTENCIAS DE 8
DÍAS A
SECUNDARIA
(Ampliada y
actualizada a
01-04-06)
Como hemos
informado en
anteriores
ocasiones, todas
las sentencias
de las demandas
interpuestas por
profesores de
religión
referidas a la
indemnización
por extinción de
contrato
temporal (8
días) vienen
siendo...
Seguir leyendo
esta noticia >>
|
|

Infantil-Primaria:
El MEC paga los
“8 días” de
indemnización
por extinción de
contrato
temporal del
curso 2004-2005
Todos los profesores/as de religión de Infantil-Primaria,
dependientes
del Ministerio
de Educación,
por estar
pendientes de
ser transferidos
a su respectiva
Comunidad
Autónoma, han
recibido durante
el mes de
febrero una
nómina por el
siguiente
concepto:
“DIF.
INDEMNIZACIÓN
POR FIN
CONTRATO”, y
como “período de
liquidación”
aparece la fecha
08.08.2005. Las
cantidades
abonadas son
algo diferentes
de unos a otros,
en función de si
se tuvo jornada
completa o
parcial en el
curso 2004-2005.
Con este pago, el MEC de oficio cumple las sentencias
firmes de
la Audiencia
Nacional
(sentencia de 18
de enero de
2005) y del
Tribunal Supremo
(sentencia de 16
de Junio de
2004): “…
estimando la
demanda,
declaramos nula
la cláusula
novena de los
contratos de
trabajo
suscritos por
los profesores
afectados por el
conflicto, y
declaramos el
derecho de estos
a percibir la
indemnización
legal
establecida por
finalización de
contrato…”.
Hemos informado ya de los cambios que,
debido a las
sentencias, ha
introducido el
MEC en la
redacción de la
cláusula 9ª de
los Contratos de
Infantil-Primaria
para el presente
curso 2005-2006,
y cómo, al
figurar en el
contrato, ya no
hace falta
reclamar la
indemnización al
finalizar este
curso, pero no
esperábamos que
también
abonaran la del
curso pasado,
como acaba de
suceder.
Desde APPRECE-A felicitamos a los agraciados, y nos
felicitamos como
Asociación
porque, con
otras
organizaciones,
impulsamos estas
demandas que la
Justicia ha
reconocido para
TODOS los
Profesores de
Religión. Y
ESPECIALMENTE A
QUIENES PUSIERON
LAS PRIMERAS
DEMANDAS SOBRE 8
DÍAS,
AGRADECEMOS SU
APUESTA POR LA
DIGNIFICACIÓN
DEL COLECTIVO.
Con las
sentencias de
las distintas
instancias
judiciales y con
los pagos que
acaba de hacer
el MEC a todos,
la Asociación
recibe el
espaldarazo A SU
BIEN HACER,
frente a quienes
nos acusaron de
inmoralidad.
Las indemnizaciones de cursos anteriores sólo las cobrarán
quienes
interpusieron
demandas.
Confiamos en
que, tras estos
varapalos
judiciales a
todos los que
criticaron a
APPRECE-A por
canalizar estas
demandas, se
abran cauces de
diálogo para que
jamás se vuelvan
a difundir
escritos como
los que en
varias ocasiones
circularon en
una diócesis
andaluza y que
produjeron
malestar,
división y
desconcierto
entre
compañeros. A
quienes
mantuvieron
las demandas, a
pesar de las
presiones
recibidas,
además de
agradecerles su
valentía y su
testimonio de
lucha por la
justicia, sepan
que han ayudado
a que todos los
profesores de
religión se
beneficien ahora
de la
indemnización
cobrada, y, en
su momento,
además,
recibirán la
indemnización de
los cursos
anteriores que
tienen
demandados.
El Profesorado de Secundaria, dependiente de la Junta de
Andalucía,
deberá seguir
“batallando” en
los tribunales,
pues la
Consejería no se
ha dado por
enterada de las
sentencias de la
Audiencia
Nacional y el
Tribunal
Supremo, aunque
los que
interpusieron
demandas de los
cursos
anteriores ya
han empezado a
cobrar sus
indemnizaciones.
Para más
información
sobre
cómo
queda el
tema de
las
demandas
de 8
días,
haz clic
aquí >>
|
|
MAYORES
DE 55 AÑOS
(SECUNDARIA)
PRIMERA
SENTENCIA
FAVORABLE (Enero
2006)
Ya contamos con
la primera
sentencia firme
favorable a un
profesor de
religión,
referida al
reconocimiento
de las horas de
reducción de
docencia sin
reducción de
sueldo. Resulta
singularmente
importante la
exposición de
Fundamentos de
Derecho de la
Sentencia, por
hacer también
referencia...
Continuar
leyendo (zona de
asociados) >>
|
|
ACUERDO
DE
SINDICATOS
Y
ASOCIACIONES
PROFESIONALES
POR LA
MEJORA
DE LAS
CONDICIONES
LABORALES
DEL
PROFESORADO
DE
RELIGIÓN.
F ruto
del
Encuentro
celebrado
en El
Escorial
los días
18 y 19
de
noviembre,
ya se ha
registrado
en el
Congreso
de los
Diputados
el texto
del
Acuerdo
con las
firmas
de las
Centrales
Sindicales.
El encuentro ha sido coordinado por la plataforma de
profesores
de
Madrid,
en el
que han
participado,
además
de los
representantes
de los 6
sindicatos
que
aparecen
en el
texto de
los
Acuerdos,
APPRECE-UNIÓN APPRECE
ESPAÑA,
Cristianos
en el
PSOE,
ERELGUNE,
APEREVA,
y
personalidades
como
Luis
Gómez
Llorente
y el
Director
de
Religión
y
Escuela,
Carlos
Esteban.
Hemos
abordado
el
tratamiento
que el
Proyecto
LOE da a
la
enseñanza
religiosa
y el de
la
relación
laboral
de su
profesorado,
así como
las
propuestas
que cada
organización
ha
presentado
al MEC.
Las
diferentes
propuestas
sobre la
enseñanza
de la
religión
en la
escuela
parten
del
respeto
a la
decisión
de los
padres y
al de la
libertad
de
opción,
dejando
unas más
que
otras la
puerta
abierta
a la
exención.
Mayoritariamente
se
coincidió
en que
la
exigencia
de una
educación
en los
valores
de la
religión,
dentro
del
marco
constitucional,
es parte
de una
educación
de
calidad.
Entre
las
diferentes
fórmulas
propuestas
la de
las tres
opciones,
que
respeta
la
enseñanza
confesional,
respeta
la
enseñanza
de la
cultura
religiosa
y
respeta
la
exención
a
aquellos
padres
que no
quieren
para sus
hijos ni
la
enseñanza
confesional
ni la
cultural,
fue la
que
concitó
mayor
atención,
por
reunir
todos
los
requisitos
para
poder
lograr
un
consenso
entre
todos o
pacto
educativo
en un
tema que
venimos
arrastrando
desde
hace
siglos y
al que
no han
sido
capaces
de dar
una
respuesta
adecuada
las
diferentes
fuerzas
políticas
que han
gobernado
en
España.
La segunda parte del encuentro se dedicó al tratamiento que
el
anteproyecto
LOE dió
al
profesorado
de
Religión,
el que
apareció
luego en
el
proyecto
LOE, que
a todos
pareció
esperpéntico
y el que
se ha
reflejado
en las
distintas
enmiendas
presentadas
por los
Grupos
Parlamentarios.
CIU hace
una
aportación
en su
enmienda
de
mínimos,
que
permite
la
posterior
solución
de todos
sus
problemas
mediante
la
negociación
entre
las
partes.
EAJ-PNV
ha
presentado
tres
enmiendas
en las
que
amplia
el
acuerdo
a otros
aspectos
de las
relaciones
laborales
del
profesorado
de
religión
y en las
tres se
recogen
cuestiones
del
mayor
interés
para el
colectivo,
aunque
mayoritariamente
los
participantes
del
encuentro
nos
decantamos
por la
primera
enmienda
de las
tres
presentadas
por el
Grupo
Parlamentario
EAJ-PNV.
La
enmienda
del PP
no
modifica
el
estatuto
actual y
el Grupo
Parlamentario
Socialista
en su
enmienda
al punto
3 de la
Disposición
Adicional
2ª, a
juicio
de los
participantes,
empeora
la
situación
actual y
no
supone
avance
hacia
mejoras
para el
colectivo,
que las
vienen
exigiendo
desde
hace
años,
tanto a
través
de sus
asociaciones
profesionales,
como de
sus
plataformas
y de la
mayor
parte de
las
organizaciones
sindicales.
Como
aportación
a los
debates
de la
Comisión
de
Educación
del
Congreso
de los
Diputados,
los
participantes
llegaron
a unos
Acuerdos
de
mínimos,
que ya
han sido
registrados
en el
Congreso
y
entregado
a todos
los
Grupos
Parlamentarios
el día
22 de
noviembre.
Estos
Acuerdos
quedan
abiertos
a
adhesiones
de no
participantes
en el
citado
encuentro.
TEXTO
DEL
ACUERDO
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AL GOBIERNO ACTUAL LE HA TOCADO EJECUTAR LAS SENTENCIAS SOBRE INCUMPLIMIENTOS HABIDOS EN AÑOS ANTERIORES.
Los pagos de sentencias a los profesores de religión tienen su origen en el Convenio firmado en el año 1993
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¡COBRADAS LAS TUTORÍAS DE SECUNDARIA QUE NOS "ROBARON" EN EL AÑO 1999!
El MEC se ve obligado por los Tribunales a modificar los Contratos: los Profesores de Religión tienen derecho a cobrar indemnización por finalización de contrato temporal (8 días)
Nuevamente APPRECE ANDALUCÍA (y otras APPRECESs Autonómicas) ha ayudado a que SE CUMPLA LA LEY, en este caso, la APLICACIÓN A LOS CONTRATOS DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE LA ÚLTIMA REFORMA DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, que aprobó el Gobierno del PP en la que se PENALIZAN con 8 días los CONTRATOS TEMPORALES.
La nueva redacción de la cláusula 9ª de los contratos de Primaria para este curso 2005-2006, que el MEC se ha visto obligado a modificar es:
9ª. A la finalización del contrato procederá el abono de la indemnización prevista en el artº 49.1 c del Estatuto de los Trabajadores.
Recordamos que la anterior redacción, declarada ilegal por la Audiencia Nacional era:
9ª: A la finalización del contrato no procederá indemnización alguna.
COMENTARIOS:
1. A APPRECE ANDALUCÍA se nos ha acusado públicamente de INMORALIDAD (así como suena) por estar luchando para que se cumpla la ley. ESPERAMOS QUE, a la vista de la modificación introducida en los contratos para el curso 2005-2006, AL MENOS HAYA UNA RECTIFICACIÓN PÚBLICA Y SE RETIRE LA ACUSACIÓN TAN GRAVE QUE SE HA ESTADO LANZANDO CONTRA NOSOTROS. También se nos acusó, aunque no en estos términos, cuando luchamos CONTRA el Convenio del año 1993 por reconocer la Seguridad Social de AUTÓNOMOS al Profesorado de Primaria. Cuando ayudamos a que reconocieran la Seguridad Social POR CUENTA AJENA y se sustituyera el Convenio del 93 por el del año 1999, hoy vigente, no se nos reconoció nuestro trabajo. No nos importa, porque AHÍ QUEDAN LOS HECHOS.
2. Las DEMANDAS que llevamos puestas desde los cursos 2001-2002, 2002-2003, 2003-2004, sobre los 8 días por año, ESTÁN GANADAS Y ES SÓLO CUESTIÓN DE ESPERAR LOS PLAZOS JUDICIALES Y LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS.
CURSO 01-02:
5 Sentencias de SECUNDARIA todas favorables. Recurridas en Suplicación por la Consejería al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Tres con Ejecución PROVISIONAL (50 %).
Una con Sentencia favorable del TSJA. En período de ejecución DEFINITIVA.
CURSO 02-03:
PRIMARIA: Demandas puestas en Algeciras, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén, Jerez, Málaga, Sevilla.
Todas con sus números de autos de fecha 2004, SUSPENDIDOS y REACTIVADOS. En Jaén señalada ya la fecha para la celebración del jucio el 15.09.2005.
SECUNDARIA: Demandas puestas en Cádiz, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla.
Todas con sentencia favorable, a excepción de Málaga que están pendiente de sentencia, aunque ya se celebró el juicio.
Todas recurridas por la Consejería al TSJA, en Huelva, además, con una Queja.
Ejecución provisional (50 %) en Jaén.
Curso 2003-2004: Documentación recogida en Julio y demandas interpuestas en todas las Provincias.
Curso 2004-2005: Terminado el curso el 31 de agosto de 2005, ya nos pondremos de acuerdo para recoger la documentación cuando más nos convenga "mediáticamente", para poner en evidencia a TODOS los que discriminan al Profesorado de Religión y quieren seguir haciéndolo en el futuro, ya desde las bases de las sentencias firmes, los cobros que se hayan hecho efectivos y la modificación de la cláusula 8ª que ha tenido que hacer el Ministerio.
Curso 2005-2006: Los profesores de Infantil y Primaria no tendrán que interponer demandas ya que, al venir recogida en el contrato la indemnización de los 8 días, la deberán pagar en la nómina de agosto del año 2006. Mucho nos tememos que los de Secundaria sí tengan que presentarlas, ya que dudamos de la buena voluntad de la Consejería para, a iniciativa propia, modificar también la redacción de la claúsula 9ª de los contratos de Secundaria.
3. Nueva CONQUISTA LABORAL que ojala desaparezca PRONTO porque el contrato ADQUIERA ESTABILIDAD. ESTA ESTABILIDAD ES AHORA OTRO DE NUESTROS OBJETIVOS. EN ESTA OCASIÓN CONTAMOS CON EL APOYO DE LA IGLESIA. Son los llamados "socialistas y obreros" los que, de momento, nos la niegan y, además, quieren echar balones fuera para endosárselos a la Iglesia convirtiéndola en EMPRESARIA. ¡Ojo, no han cambiado en su pensamiento!: ya en el año 1993 lo hicieron con el Convenio de Primaria, en el que daban incluso el dinero a la Iglesia, ni siquiera como pago delegado, Y CONSIDERABAN AUTÓNOMOS A LOS PROFESORES DE RELIGIÓN. El Tribunal Supremo, no obstante, declaró que el único empleador es la Administración Educativa correspondiente. Ahora la pelota está en el tejado de los "políticos": ESPERAMOS QUE NO SEA VULNERADA LA JURISPRUDENCIA Y LOS DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES POR PARTE DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOBERANÍA NACIONAL.
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EL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE ANDALUCÍA
DISCRIMINADO EN LOS PROCESOS DE OPOSICIONES
APPRECE ANDALUCÍA (Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales de Andalucía) ha tenido conocimiento de que las Comisiones de Baremación de Méritos de los diferentes Tribunales de Oposición a Docentes, han recibido instrucciones de la Consejería de Educación obligándoles a no tener en cuenta la experiencia docente de los Profesores de Religión de la Escuela Pública.
Con este tipo de actuaciones, que consideramos arbitrarias, se llega a dar la paradoja y contradicción de que se valora la experiencia docente de los Profesores, tanto de Religión como de otras materias, de la Escuela Privada y Concertada, y no se valora la de los de la Pública.
APPRECE ANDALUCÍA denuncia lo que, para nosotros, supone un claro atentado (uno más…) a nuestra dignidad de docentes, y al Estado de Derecho, ya que la actuación señalada no responde a ningún mandato legislativo o jurídico, sino sólo a la voluntad de algunos miembros de la Administración andaluza. De hecho, en Madrid se está valorando (como no podía ser de otra forma) la experiencia de los docentes de religión, y en otras Comunidades hay sentencias favorables al Profesorado de Religión referidas a esta cuestión.
Animamos a todo el Profesorado afectado a que presente las alegaciones correspondientes ante la respectiva Comisión de Baremación y los Recursos de Alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos. Nos ponemos, así mismo, a su disposición para interponer cuantas demandas judiciales sean necesarias, a fin de que los Tribunales de Justicia se pronuncien, incluso paralizando, si fuera necesario, todo el proceso de las Oposiciones. Para esto es imprescindible que los afectados recopilen y nos envíen toda la documentación escrita que tengan o puedan obtener, para poder contar con una importante base documental.
Este atropello resulta más doloroso para este colectivo de trabajadores al sentirse olvidado por los sindicatos en este tema, ya que “sus intereses” para con el profesorado interino (con el que en absoluto los Profesores de Religión están o estarán enfrentados, pues nos une la experiencia de la precariedad laboral) les condiciona en su obligación como representantes de los trabajadores: el apoyo explícito a que se valore la experiencia docente del Profesorado de Religión y la denuncia de estas prácticas discriminatorias.
Ver Nota de Prensa enviada a los Medios de Comunicación |
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NOTA
DE
PRENSA
DE LA
ASOCIACIÓN
DE
PROFESORES
DE
RELIGIÓN
DE
MÁLAGA
(APPRECE-A-MALAGA.
Julio
2005)
Ante la
noticia
aparecida
en los
medios
en la
que una
Federación
de
profesores,
sin
implantación
en
nuestra
provincia,
denuncia
que el
Obispado
está
pidiendo
parte de
su
sueldo a
los
profesores
de
Religión,
como si
se
tratase
de un
“impuesto
revolucionario”,
la
Delegación
en
Málaga
de la
Asociación
Profesional
de
Profesores
de
Religión
en
Centros
Estatales
de
Andalucía,
organización
civil
independiente
a la que
está
asociado
el 80 %
del
profesorado
de
Málaga,
manifiesta:
1.- Que
la carta
recibida
del
Gestor
del
Obispado
de
Málaga
por el
profesorado
de
religión,
forma
parte de
una
campaña
dirigida a
todos
los
católicos
malagueños con la
finalidad
de
lograr
la
autofinanciación
diocesana,
incluyendo
todas la
obras
sociales
que
sostenemos
en
nuestra
diócesis.
Como
miembros
activos
de la
Iglesia
diocesana
la
valoramos
muy
positivamente
y la
acogemos
como una
invitación
a la
colaboración
y a la
solidaridad.
Sería
absurdo
que se
animara
al resto
de los
católicos
y no al
Profesorado
de
Religión.
2.- Que
el
profesorado
de
Religión
de
Málaga,
desde
hace
años, de
manera
libre y
voluntaria
decidió,
por
iniciativa
propia,
colaborar
en el
sostenimiento
de los
gastos
que la
Delegación
Diocesana
de
Enseñanza
tiene
por la
organización
de
cursos
para la
formación
permanente
y resto
de
gestión
propia
de una
Delegación
a la que
pertenecemos.
3.- Que
en
ningún
momento,
nadie se
ve
coaccionado
ni ve
peligrar
su
puesto
de
trabajo
como
profesor
de
Religión
si no
contribuye
al
sostenimiento
solidario
de su
Iglesia.
Nos
consta
que los
que no
pueden o
no
quieren
siguen
siendo
propuestos
por el
Obispado
cada
año.
4.-
Lamentamos
que esa
federación
de
profesores
(FEPER)
vuelva
una vez
más a
distorsionar
la
realidad
y a
utilizar
un gesto
de
corresponsabilidad
solidaria
intraeclesial
para
condenarlo,
mezclando
“realidades”
diferentes
y
buscando,
al
parecer,
el
escándalo,
que no
sabemos
a quién
puede
beneficiar,
cuando,
por
ejemplo,
podía
estar
denunciando
que en
Andalucía
en las
Oposiciones
que se
están
celebrando
actualmente,
no estén
teniendo
en
cuenta,
sin base
legal
alguna,
como
méritos
los años
de
enseñanza
del
profesorado
de
religión,
discriminándolo
por el
simple
hecho de
ser
profesor
o
profesora
de
Religión.
DELEGACIÓN
DE
MÁLAGA
DE
APPRECE
ANDALUCÍA
Para
más
información
(y
para
que
no
nos
dejemos
engañar)
podéis
comprobar
cómo
se
ha
enviado
el
mismo
modelo
de
carta
a
distintos
colectivos
católicos
malagueños,
y
no
sólo
a
los
Profesores
de
Religión.
Colgamos
aquí
las
cartas
enviadas,
en
las
que
se
puede
observar
que
la
única
diferencia
está
en
el
colectivo
o
grupo
al
que
pertenece
el
destinatario,
que
aparece
en
el
párrafo
final.
También
ponemos
un
enlace
a la
información
aparecida
en
Prensa,
en
la
que
se
puede
observar
la
falta
de
rigor
y
contrastación
de
fuentes...
Ver
carta
enviada
a los
Profesores
de
Religión
Ver
carta
enviada
a otros
colectivos
Ver
información
aparecida
en la
Prensa
Ver
Comunicado
del
Obispado
de
Málaga
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Notas de Prensa |
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El
Tribunal
Supremo
confirma
la
forma
en
que
los
Obispos
han
venido
realizando
la
propuesta
de
profesores
de
Religión |
|
El
Ordinario
diocesano
es
quien
propone
a la
persona
para
un
colegio
concreto |
|
Madrid,
19
de
noviembre
de
2004 |
|
El
Servicio
de
Información
de
la
Iglesia
Católica
en
España
(SIC)
ha
tenido
conocimiento
de
la
sentencia
del
Tribunal
Supremo,
con
fecha
29
de
septiembre
de
2004,
en
la
que
confirma
la
forma
en
que
los
Obispos
han
venido
realizando
la
propuesta
de
profesores
de
Religión
Católica
en
la
Escuela.
El
Ordinario
diocesano
es
quien
realiza
la
propuesta
de
profesores
idóneos
para
la
Enseñanza
de
la
Religión
Católica.
Esta
propuesta
se
realiza
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
y
características
especiales
del
colegio
para
el
cual
se
le
propone.
La
Administración,
a su
vez,
designa
y
destina
al
profesor
para
el
colegio
concreto
para
el
que
ha
sido
propuesto.
Así
se
ha
venido
haciendo
siempre
y en
todas
las
diócesis.
Ante
algunas
demandas
realizadas
con
el
fin
de
que
la
Administración
fuera
quien
determinase
el
colegio
al
que
el
profesor
fuera
destinado,
el
Tribunal
Supremo
ha
fallado
a
favor
de
la
forma
acostumbrada
hasta
ahora,
por
la
cual
el
Ordinario
diocesano
hacía
la
propuesta
del
profesor
para
un
colegio
concreto.
La
sentencia
dice,
entre
otras
cosas,
“ni
la
Administración
educativa
designa
a
personas
no
propuestas
por
los
Ordinarios
respectivos,
ni
ha
quedado
probado
que
los
Obispos
se
atribuyan
competencia
ni
decisión
alguna
que
corresponda
a la
Administración…
Y
aunque
sea
cierto
que
la
Administración
educativa
viene
aceptando
las
propuestas
de
designación
de
profesores
para
centros
concretos,
desde
el
momento
en
que
acepta
las
propuestas
así
formuladas,
la
decisión
es
tomada
y
acordada
exclusivamente
por
la
Administración.
No
aparece
acreditado
que
en
ningún
momento
la
jerarquía
eclesiástica
se
haya
atribuido
facultades
que
sólo
a la
verdadera
empleadora
(la
Administración
educativa)
competen,
tales
como
la
concesión
de
permisos
o
licencias,
imposición
de
sanciones
disciplinarias,
fijación
de
horarios,
etc.,
ni
que
se
haya
planteado
hasta
ahora
ninguna
duda
o
discrepancia
al
respecto”. |
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